Cambio de nombre

¿En qué consiste el cambio de nombre?

El nombre de este procedimiento legal es rectificación de la partida de nacimiento y consiste en cambiar nombres, apellidos o ambos.

¿Cualquiera puede modificar su nombre?

No, esta facilidad se creó para modificar los nombres y/o apellidos de las personas que se encuentren en las siguientes situaciones:

  • Que sus nombres sean ridículos, risibles o les impliquen menoscabo moral o material.
  • Haber sido conocido por más de 5 años con otros nombres.
  • Para agregar un apellido a los hijos cuya filiación no se encuentra determinada o tengan ambos apellidos iguales.
  • Cuando las voces no sean de origen español para castellanizarlas o modificar su pronunciación o escritura.

¿Cuánto tarda?

Debido a que es un procedimiento voluntario puede demorarse, en promedio, seis meses aproximadamente, ya que dependerá del tribunal.

Si modifico mi apellido, ¿mis hijos heredarán dicha modificación?

El cambio de apellido se hace extensible a los hijos sujetos a la patria potestad, es decir, aquellos hijos cuyos bienes son administrados por el adulto que los tiene bajo su cuidado personal y debe pedirse en el momento de solicitar el cambio. También se hace extensible a los demás descendientes que consientan en ello. 

¿Puedo retractarme de la modificación a mi nombre o apellido?

No, sólo se permite un cambio en la vida.

Si modifiqué el apellido de mis hijos, luego de modificar el mío, ¿pueden ellos rectificar esto en el futuro?

No, la legislación contempla que sólo se puede realizar una vez en la vida, ya sea por voluntad propia o por decisión de los padres.

Si cambio mi apellido, pero mis hijos no quieren hacerlo, ¿tendrán problemas para heredar mis bienes?

No, el cambio de nombre no altera la filiación, por lo que sus descendientes heredarán normalmente.